Arrendamientos
Para cánones de arrendamiento hasta $800.000:
- Arrendatario certificado de ingreso (doble del canon de arrendamiento) y fotocopia de la cedula.
- Un fiador con finca raíz e ingresos (doble del canon de arrendamiento), certificado de ingresos o extractos bancarios, certificado de libertad y tradición, fotocopia de la cedula.
Para cánones de arrendamiento de $800.001 a $1.000.000:
- Arrendatario certificado de ingreso (doble del canon de arrendamiento) y fotocopia de la cedula.
- Un fiador con finca raíz e ingresos (doble del canon de arrendamiento) certificado de ingresos o extractos bancarios, certificado de libertad y tradición, fotocopia de la cedula.
- Un fiador con ingresos (doble del canon de arrendamiento) certificado de ingresos o extractos bancarios, fotocopia de la cedula.
Requisitos para consignar un inmueble en arriendo:
- Fotocopia de las cuatro (4) primeras hojas de la Escritura Pública.
- Fotocopia del último recibo del impuesto predial.
- Fotocopias de los últimos recibos públicos y de la administración.
- Fotocopia de la parte normativa del régimen de propiedad horizontal (Articulo 8 Ley 820 de 2003) para conjuntos y edificios.
- Fotocopia de la cedula de ciudadanía.
- Fotocopia del Rut (Régimen del Iva).
- Llaves del Inmueble.